El Juzgado de Primera Instancia Número 2 de Málaga ha declaro nulas las cláusulas suelo firmadas en contratos de crédito hipotecario de Unicaja con 28 clientes.
El Juzgado se basa en que este tipo de cláusulas no se negocian individualmente con cada cliente, sino que son condiciones generales impuestas por la entidad bancaria, por lo que pueden considerarse condiciones generales de la contratación, susceptibles de convertirse en abusivas, que es lo que estima el Juzgado.
En paralelo, el Juzgado condena a la entidad bancaria a devolver los intereses indebidamente cobrados a sus clientes por la aplicación de la cláusula suelo.
Esta Sentencia va en la línea de lo fallado en la Sentencia 241/2013 del Tribunal Supremo, que declara nulas las cláusulas suelos que carezcan de la transparencia suficiente para que el cliente sea consciente de lo que firma, s indicación clara como cláusula que perjudica al cliente y la no negociación individual de las condiciones.
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