¿Cuánto cuesta ser autónomo en 2024?

Cuánto cuesta ser autónomo en 2024

Ser autónomo en España implica asumir una serie de gastos y obligaciones fiscales y sociales que varían según la actividad, el régimen y los ingresos de cada trabajador por cuenta propia. En este artículo te vamos a contar cuánto cuesta ser autónomo en 2024, es decir, cuáles son los principales gastos que tendrás que afrontar si decides emprender o seguir con tu negocio el próximo año.

Cuota de autónomos en 2024

La cuota de autónomos es el pago mensual que los trabajadores por cuenta propia tienen que hacer a la Seguridad Social por estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Esta cuota da derecho a acceder a las prestaciones sociales, como la jubilación, la baja por enfermedad, el cese de actividad o la maternidad.

Desde 2023, la cuota de autónomos se calcula en función de los ingresos reales de cada trabajador, es decir, de sus beneficios netos después de restar los gastos deducibles. Para ello, los autónomos tienen que comunicar a la Seguridad Social su previsión de ingresos cada trimestre y pagar una cuota provisional que se ajustará al año siguiente según los datos que remitan las administraciones tributarias.

Según el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, los tramos de cotización por ingresos reales para 2024 son los siguientes:

  • Si los ingresos reales son inferiores a 14.001,48 euros anuales, la cuota es de 225 euros al mes y la base de cotización es de 735,29 euros al mes.
  • Si los ingresos reales están entre 14.001,48 y 18.001,48 euros anuales, la cuota es de 235 euros al mes y la base de cotización es de 769,17 euros al mes.
  • Si los ingresos reales están entre 18.001,48 y 24.001,48 euros anuales, la cuota es de 245 euros al mes y la base de cotización es de 803,05 euros al mes.
  • Si los ingresos reales están entre 24.001,48 y 30.001,48 euros anuales, la cuota es de 255 euros al mes y la base de cotización es de 836,93 euros al mes.
  • Si los ingresos reales están entre 30.001,48 y 36.001,48 euros anuales, la cuota es de 265 euros al mes y la base de cotización es de 870,81 euros al mes.
  • Si los ingresos reales están entre 36.001,48 y 42.001,48 euros anuales, la cuota es de 275 euros al mes y la base de cotización es de 904,69 euros al mes.
  • Si los ingresos reales están entre 42.001,48 y 48.001,48 euros anuales, la cuota es de 285 euros al mes y la base de cotización es de 938,57 euros al mes.
  • Si los ingresos reales son superiores a 48.001,48 euros anuales, la cuota es de 295 euros al mes y la base de cotización es de 972,45 euros al mes.

Estos tramos se aplican a los autónomos que cotizan por la base mínima y que tienen cubiertas las contingencias comunes, profesionales, el cese de actividad y la formación profesional. Los autónomos que cotizan por una base superior o que tienen otras coberturas pueden consultar los tramos correspondientes en la web de la Seguridad Social.

Los autónomos que no comuniquen sus ingresos reales seguirán pagando la misma cuota que en 2023, salvo que se modifiquen las bases mínimas o los tipos de cotización en los Presupuestos Generales del Estado. Sin embargo, tendrán que regularizar su situación al año siguiente, cuando la Seguridad Social les cobrará o les devolverá la diferencia entre lo que han pagado y lo que les corresponde según sus ingresos reales.

Impuestos

Los autónomos también tienen que pagar impuestos por su actividad económica, tanto al Estado como a las comunidades autónomas y a los ayuntamientos. Los principales impuestos que afectan a los autónomos son el IRPF, el IVA y el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).

IRPF

El IRPF es el impuesto que grava la renta de las personas físicas, tanto por sus rendimientos del trabajo, del capital, de actividades económicas o de ganancias patrimoniales. Los autónomos tienen que declarar sus ingresos y sus gastos deducibles en el IRPF y pagar el impuesto según el tipo que les corresponda.

Los autónomos tienen que hacer cuatro pagos fraccionados del IRPF cada trimestre, en los meses de abril, julio, octubre y enero, mediante el modelo 130 o el modelo 131, según el método de estimación directa o el de estimación objetiva que apliquen. Estos pagos fraccionados son un anticipo del IRPF que se liquida al año siguiente, cuando se presenta la declaración de la renta, mediante el modelo D-100.

Los tipos de gravamen del IRPF para 2024 son los siguientes, según la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

  • Si la base liquidable general es inferior a 12.450 euros, el tipo es del 19%.
  • Si la base liquidable general está entre 12.450 y 20.200 euros, el tipo es del 24%.
  • Si la base liquidable general está entre 20.200 y 35.200 euros, el tipo es del 30%.
  • Si la base liquidable general está entre 35.200 y 60.000 euros, el tipo es del 37%.
  • Si la base liquidable general es superior a 60.000 euros, el tipo es del 45%.

Estos tipos se aplican a nivel estatal, pero hay que sumarles los tipos autonómicos, que varían según la comunidad autónoma. Puedes consultar los tipos autonómicos del IRPF para 2024 en la web de la Agencia Tributaria.

IVA

El IVA es el impuesto que grava el consumo de bienes y servicios. Los autónomos tienen que repercutir el IVA a sus clientes y declararlo a Hacienda cada trimestre, mediante el modelo 303, y cada año, mediante el modelo 390. Los autónomos también pueden deducirse el IVA soportado en sus compras e inversiones, siempre que estén relacionadas con su actividad económica y que estén debidamente justificadas.

Los tipos de IVA para 2024 son los siguientes, según la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido:

  • El tipo general es del 21%, y se aplica a la mayoría de los productos y servicios.
  • El tipo reducido es del 10%, y se aplica a algunos bienes y servicios de uso cotidiano y especialmente, del sector de la alimentación.
  • El tipo superreducido es del 4%, y se aplica a los productos de primera necesidad, como el pan, la leche, los huevos, las frutas, las verduras o los medicamentos, etc.
  • Finalmente encontramos las actividades exentas de IVA, entre las que destacan la asistencia sanitaria y social, los servicios educativos, actividades culturales.

IAE

El IAE es el impuesto que grava el ejercicio de las actividades económicas, tanto por las personas físicas como por las jurídicas. Los autónomos tienen que darse de alta en el IAE mediante el modelo 036 o el modelo 037, según el régimen que les corresponda, y declarar la actividad o actividades que realizan según las tarifas del impuesto.

El IAE se paga una vez al año, en el mes de diciembre, mediante el modelo 840 o el modelo 848, según el régimen que se aplique. Sin embargo, la mayoría de los autónomos están exentos de pagar el IAE, ya que solo están obligados a hacerlo los que tengan un importe neto de la cifra de negocios superior a 1 millón de euros, según la Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Otros gastos

Además de la cuota de autónomos y los impuestos, los trabajadores por cuenta propia tienen que hacer frente a otros gastos derivados de su actividad económica, como el alquiler, los suministros, el material, la publicidad, la formación o el seguro. Estos gastos varían según el tipo de negocio, el lugar de trabajo, el sector o el volumen de facturación, pero en general se pueden clasificar en:

  • Gastos fijos: son aquellos que se mantienen constantes independientemente del nivel de actividad, como el alquiler, la luz, el agua, el gas, el teléfono, el internet, el seguro o la gestoría. Estos gastos se pueden deducir en el IRPF y en el IVA, siempre que estén relacionados con la actividad económica y que estén debidamente justificados y contabilizados.
  • Gastos variables: son aquellos que dependen del nivel de actividad, como el material, la publicidad, la formación, el transporte o las comisiones. Estos gastos también se pueden deducir en el IRPF y en el IVA, siempre que cumplan los mismos requisitos que los gastos fijos.

Para calcular el coste total de ser autónomo en 2024, hay que sumar la cuota de autónomos, los impuestos y los gastos, y restar las posibles bonificaciones, subvenciones o ayudas que se puedan obtener. El resultado será el beneficio neto que se obtiene por la actividad económica, que será el que determine la rentabilidad del negocio.

La mejor ayuda para ser autónomo en 2024

Como ves, ser autónomo en 2024 implica asumir una serie de gastos y obligaciones que hay que tener en cuenta a la hora de emprender o seguir con tu negocio. Por eso, es importante contar con el asesoramiento profesional de una asesoría legal como Aselegal Consultores, que te ayudará a gestionar tu fiscalidad y a optimizar tu resultado contable.

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