El Libro de Familia no acredita ser pareja de hecho para cobrar una pensión
El Supremo rechaza el recurso de una mujer que convivió con su compañero sentimental durante 11 años y que no se inscribió junto a él en el registro de uniones de hecho.
El Tribunal Supremo (TS) considera que el Libro de Familia no es un documento público que sirva para acreditar la existencia de una pareja de hecho a efectos de que una mujer, que convivió con un hombre desde 1997 a 2008, cobre una pensión de viudedad.
Fuente: http://www.elpais.com