Como desarrollo del Real Decreto-ley 12/2012, el cual establece un gravamen especial para rentas y dividendos de empresas que realicen sus actividades en el extranjero y se localicen en territorios de nula tributación o paraísos fiscales, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas aprobó la Orden HAP/1181/2012, de 31 de mayo, que desarrolla el procedimiento de declaración de este gravamen especial y aprueba el modelo para presentar dicha declaración.
Recordamos que este gravamen especial sólo es de aplicación a entidades que estén sujetas al Impuesto de Sociedades y deseen no integrar en la base imponible las rentas devengadas por dividendos, participaciones en beneficios o transmisiones de valores representativos de fondos propios antes del 20 de noviembre de 2012.
El tipo impositivo que se estableció en el Real Decreto-ley 12/2012 fue del 8% de la base imponible de estas rentas o beneficios.
La presentación, que podrá hacerse únicamente por vía telemática, se hará mediante el modelo 250, que divide la base imponible en dividendos o rentas por participaciones en beneficios y rentas por transmisión de valores.
Para cualquier aclaración sobre el ingreso o su aplicabilidad a su empresa, no dude en consultar con nuestros expertos en asesoría fiscal.