Una novedad muy a tener en cuenta para todos las personas o empresas que se dediquen a la hostelería es la introducida por el Real Decreto 895/2013, de comercialización del aceite de oliva.
La modificación afecta a la venta de aceite de olvida en comercios dedicados a la hostelería.
La medida obliga a:
– Vender a los clientes el aceite en envases etiquetados que no puedan volver a cerrarse (que pierden su integridad tras el primer uso). Estos productos son las conocidas como tarrinas monodosis.
– Colocar un sistema en los recipientes que permitan varios usos, de modo que impidan la recarga del contenido que se vaya gastando.
En la práctica, esta norma supone el fin de aceiteras y botellas que permitan la recarga del aceite consumido y equiparar su tratamiento al de productos como el vino.
La entrada en vigor de la norma se producirá el próximo 1 de enero de 2014, aunque los envases adquiridos antes de esta fecha podrán seguir poniéndose a disposición de los clientes hasta el 28 de febrero de 2014.