Apartamentos Turísticos. Obligación de Cierre. Crisis Coronavirus Covid19

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El Decreto de Estado de Alarma del Gobierno, RD 463/2020, establecía una serie de actividades que deberíaN cerrar sus puertas. Entre ellas no se encontraba la relacionada con la atención turística. No obstante, la prohibición de desplazamiento hacía prácticamente imposible que esta actividad funcionara. Ayer, día 19 de marzo, la Orden SND/257/202º del Ministerio de Sanidad imponía el cierre de todos los alojamientos hoteleros y establecía el plazo de una semana.

Además de hoteles, campings, etc… Esta medida afecta directamente a los llamados APARTAMENTOS TURÍSTICOS y a aquellos contratos para uso distinto a viviendas que están siendo utilizados para ofrecer alojamiento a turistas. Ahora, los arrendatarios tienen un apoyo legal muy necesario para “negociar” con sus arrendadores el pago de la renta de los meses que dure esta prohibición de apertura. Esto es fuerza mayor y están obligados al cese de la actividad. Recomendamos notificar a la propiedad y a partir de ahí, comenzar una negociación en la que las partes se entiendan.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column width=»2/3″][vc_column_text]

QuÉ podemos hacer por tí

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