¡Vaya decisión! ¿Será el momento adecuado? ¿Ha tocado fondo el mercado?
No es este el motivo del post sino en una serie de consejos que siempre tendrás que tener en cuenta. Así que cuando te decidas, no olvides:
- Antes de la escritura se suele firmar un contrato previo. Esto no es obligatorio pero sí es válido y obliga a cumplir lo que en él se recoja. No olvide asesorarse. El Notario o su abogado le ayudará.
- Por la parte vendedora firmará el Administrador o Apoderado de la sociedad cuando el que vende es Promotor. En caso de Particular, firmarán todos los propietarios (ejemplo, si es una vivienda procedente de una herencia entre varios). Y si la vivienda es ganancial han de firmar marido y esposa (ambos cónyuges).
- Fundamental es comprobar el estado de cargas que pesan sobre la vivienda (hipotecas, embargos, etc). Solicite un Certificado al Registro de la Propiedad. Recuerda este artículo sobre otras cargas derivadas de los contratos bancarios.
- Asegúrese de que no existen deudas con la Comunidad de Propietarios. La ley puede obligarle a hacerse cargo de ellos.
- Fije con claridad el precio y la forma de pago. No admita precio inferior al real ni pagos que no consten documentados. (Cuidado con las cláusulas suelo)
- Cuidado con la llamada “señal”. Si el comprador desiste las perderá. Si el vendedor anulara el acuerdo debería abonar el doble.
- Si se tratara de una vivienda en construcción el comprador tiene derecho a exigir un aval por la cantidad entregada.
- Con respecto a los gastos originados por la compraventa, si no se pacta nada o se fija “según ley”, el comprador abonará los gastos salvo la plusvalía municipal que corresponde al vendedor.
- Y por último…..Es una decisión muy importante y que suele generar posibles discrepancias posteriores. Consulte previamente a su abogado.