Fabián Alvarez Pérez, Graduado en Derecho, Finanzas y Contabilidad. Técnico Departamento LABORAL.
Aplicable a los nacimientos de hijos que se han producido desde el 05/07/18, incluyendo adopciones o acogimientos.
Es un derecho adquirido por lo tanto solo tiene que ser comunicado con el preaviso suficiente a la empresa.
Su duración es de 5 semanas que empiezan después de disfrutar de los días de permiso por nacimiento que van de entre 2 a 4 días y los cuales son diferentes e independientes al permiso de paternidad. Si vienen gemelos o más tienes 2 días más por niño.
Los padres pueden elegir cuando disfrutarlo si tras el nacimiento junto con el permiso de maternidad o posterior a este e incluso la madre puede cederte parte de su permiso.
Tiene que disfrutarse de forma ininterrumpida, salvo la última semana que se puede disfrutar dentro de los primeros 9 meses tras el parto siempre que se acordara con la empresa al inicio del permiso y estuviera de acuerdo.
Para cualquier aclaración o ampliar información no dude en ponerse en contacto con nuestro Departamento de Asesoramiento LABORAL.