Como adaptación de la legislación vigente en materia de periodos de cotización de personas con contrato a tiempo parcial a las exigencias del Tribunal Constitucional, se ha producido la aprobación del Real Derecho-ley 11-2013, de 2 de agosto, en el que se introducen variaciones sobre el cómputo de tiempo trabajado en contratos a tiempo parcial, cuyo objetivo es evitar discriminar a los trabajadores a tiempo parcial.
Para el cómputo de periodos cotizados se sumarán todos los periodos en los que se haya cotizado a tiempo parcial, independientemente del número de horas trabajadas en cada uno de ellos, aplicándose sobre esta cifra el coeficiente de parcialidad.
Después se añadirán los periodos cotizados a tiempo completo. Sobre este último resultado se calculará el coeficiente de parcialidad respecto a toda la vida laboral del trabajador.
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