Como medidas urgentes para la disminución del déficit público en España, el Gobierno aprobó el pasado 30 de diciembre un Real Decreto Ley que, contiene, entre otras, varias modificaciones fiscales que resumimos a continuación:
IRPF:– Aumento de las cuotas sobre los conceptos de renta general, desde un 0,75% para las rentas de menos de 17.707,20 € hasta un 7% en las rentas de más de 300.000. Vigente para los años 2.012 y 2.013.
– Incremento de la retribución sobre las rentas del ahorro, de un 2% para rentas inferiores a los 6.000 €, un 4% para rentas entre 6.000 y 24.000 y un 6% para rentas superiores a los 24.000. Este incremento es también para 2.012 y 2.013
– Incremento de las retenciones a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario, ganancias de fondos de inversión, rendimientos procedentes de arrendamientos de inmuebles urbanos. Pasará del 19 al 21%
– Incremento de las retenciones a cuenta de la renta del trabajo, en el mismo porcentaje que suba su tributación, a partir de febrero de 2.012
– Reducción del rendimiento neto de actividades económicas, en un 20% para aquellos contribuyentes (con cifra de negocios inferior a 5.000.000 € y plantilla inferior a 25 empleados) que ejerzan actividades económicas sobre el rendimiento neto positivo declarado, con un máximo del 50% de las retribuciones pagadas al conjunto de sus trabajadores
– Deducción en vivienda habitual, modificada para que resulte aplicable a todos los contribuyentes independientemente de su nivel de renta. El porcentaje a deducir será de un 15%, con un límite de 9.040 € anuales (modificable por las CC.AA.). Se aplicará retroactivamente con fecha 01 de enero de 2.011 para quienes no pudieron deducir en esa fecha por tener una base imponible superior a 24.107,20 €, o pudieron deducir menos de lo que permite esta modificación
IS:
– Tipo reducido por mantenimiento o creación de empleo, (menos de 5.000.000 € de cifra de negocios y menos de 25 trabajadores). 20% de tributación en los primeros 120.202,41 € de base imponible, 25% en el resto.
– Incremento del porcentaje de retención para 2.012 y 2.013, del 19% al 21%,
IBI: Incrementa su tipo impositivo para inmuebles urbanos, un 4%, 6% o 10% en función de la antigüedad de la revisión catastral del municipio
IVA: Se seguirá aplicando en 2.012 el tipo superreducido del 4% a las entregas de viviendas sujetas a IVA.