Ordenanza Sevilla: Edificaciones

 

El Ayuntamiento de Sevilla regula las características de esta inspección, aplicable a cualquier edificio de la localidad, independientemente de su uso o su titularidad.

En la misma se incluye la ficha técnica tipo y se estipula la creación de un Registro al Efecto en la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla.

 

 

Esta inspección, y su presentación en tiempo y forma en la Gerencia de Urbanismo facultarán al propietario del edificio a solicitar las ayudas de rehabilitación/conservación que se establezcan en el futuro.

 

El incumplimiento acarreará, además de perder la posibilidad de solicitar dichas ayudas, una multa que podría ascender hasta los 6.000 €.

 

Esta ordenanza sustituye a la Ordenanza sobre Inspección Técnica de Edificaciones de 25 de mayo de 2.000

Su entrada en vigor se producirá el próximo día 1 de diciembre de 2.011.

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