¿Tienes que realizar algún pago de multas al Ayuntamiento de Sevilla por alguna infracción? Es posible que te preguntes si puedes recurrirla y cómo hacerlo.
En Aselegal te explicamos los pasos que debes seguir para presentar tus alegaciones y recursos ante la administración municipal.
¿Qué tipos de multas puede imponer el Ayuntamiento de Sevilla?
El Ayuntamiento de Sevilla puede sancionarte por diferentes motivos, como por ejemplo:
| Tipo de infracción | ¿De qué se trata? | Posibles consecuencias |
| Tráfico | Aparcar mal, exceso de velocidad, circular sin ITV, etc. | Multa económica, pérdida de puntos, inmovilización del vehículo. |
| Consumo | Incumplir normativas sanitarias, etiquetado o venta irregular | Sanción económica, cierre temporal del local. |
| Medio ambiente | Depositar residuos en vía pública, vertidos, ruidos | Sanciones desde 100 € hasta 3.000 €, según ordenanza. |
| Terrazas y veladores | Ampliar más allá del espacio autorizado o sin licencia | Multas de 300 € a 3.000 € y retirada del mobiliario. |
| Construcción | Obras sin licencia o fuera de normativa urbanística | Multas, paralización de obras, demolición en casos graves. |
Estas multas pueden variar en su importe según la gravedad de la infracción y el grado de responsabilidad del infractor.
¿Cómo puedo pagar las multas?
Si has recibido una multa del Ayuntamiento de Sevilla, tienes dos opciones para pagarla:
- Pagarla con reducción del 50% del importe si lo haces dentro de los 20 días naturales siguientes al de la notificación de la denuncia. Esta opción implica que renuncias a formular alegaciones y a interponer recursos, salvo que la infracción pueda conllevar la suspensión del permiso o licencia para conducir.
- Pagarla sin reducción una vez que hayas presentado tus alegaciones o recursos y se haya dictado una resolución desestimatoria. En este caso, el plazo para el pago es de 15 días desde la notificación de la resolución.
El pago se puede realizar en cualquier banco, caja de ahorros o caja rural que tenga oficina en Sevilla, presentando el boletín de denuncia, la notificación de la denuncia o el documento cobratorio expedido por la Agencia Tributaria de Sevilla.
¿Cómo puedo recurrir las multas?
Si no estás conforme con la multa que te ha impuesto el Ayuntamiento de Sevilla, puedes presentar tus alegaciones y recursos siguiendo estos pasos:
Presentar alegaciones
Presentar un escrito de alegaciones dentro de los 20 días naturales siguientes al de la notificación de la denuncia.
En este escrito debes exponer los motivos por los que consideras que la multa es injusta o incorrecta, y aportar las pruebas que lo demuestren (fotografías, testigos, documentos, etc.). Puedes presentar el escrito en cualquier registro municipal o por vía telemática.
Resolución de alegaciones
Esperar a que se dicte una resolución sobre tus alegaciones. Si se estima tu escrito, se anulará la multa y se archivará el expediente.
Si se desestima tu escrito, se te notificará la resolución y se te indicará el plazo y el medio para pagar la multa o para interponer un recurso.
Recurso de reposición
Interponer un recurso de reposición dentro de los 30 días naturales siguientes al de la notificación de la resolución desestimatoria.
En este recurso debes reiterar tus argumentos y pruebas contra la multa, y solicitar que se revise el expediente. Puedes presentar el recurso en cualquier registro municipal o por vía telemática.
Resolución del recurso
Esperar a que se dicte una resolución sobre tu recurso. Si se estima tu recurso, se anulará la multa y se archivará el expediente.
Si se desestima tu recurso, se te notificará la resolución y se te indicará el plazo y el medio para pagar la multa o para interponer un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales.
Muchas multas se imponen por errores en la documentación o por datos mal interpretados por la administración. Lo mismo ocurre con las declaraciones fiscales.
Si te interesa conocer qué fallos son más comunes y cómo evitarlos, puedes leer nuestro artículo sobre errores en la declaración de la Renta más habituales. Evitar fallos a tiempo puede ahorrarte sanciones y trámites innecesarios.
¿Qué ventajas tiene recurrir?
Recurrir las multas del Ayuntamiento de Sevilla puede tener algunas ventajas para ti como infractor:
- Puedes conseguir que se anule o se reduzca el importe de la multa si demuestras que no has cometido la infracción o que hay algún error en el procedimiento sancionador.
- Puedes evitar o retrasar el pago de la multa mientras dure el proceso administrativo o judicial.
- Puedes evitar o retrasar la detracción de puntos del carné de conducir si se trata de una infracción que lo conlleve.
Recurrir una multa no solo puede ahorrarte dinero, también te da la oportunidad de defender tus derechos frente a posibles errores de la administración. Si el caso se complica o quieres contar con respaldo legal desde el inicio, es recomendable acudir a un profesional.
En estos casos, contar con un abogado de derecho administrativo en Sevilla especializado en sanciones municipales puede marcar la diferencia entre pagar o anular la multa.
¿Qué inconvenientes tiene recurrir?
Recurrir las multas del Ayuntamiento de Sevilla también puede tener algunos inconvenientes para ti como infractor:
- Pierdes el derecho a pagar con reducción del 50% del importe si presentas alegaciones o recursos.
- Asumes el riesgo de que se desestimen tus alegaciones o recursos y tengas que pagar la totalidad del importe más los intereses y recargos correspondientes.
- Asumes el coste económico y temporal de presentar los escritos y las pruebas necesarias para defender tu caso.
- Asumes el coste económico y temporal de acudir a los tribunales si decides interponer un recurso contencioso-administrativo.
¿Cómo puedo contar con asesoría legal profesional para recurrir las multas del Ayuntamiento de Sevilla?
Si quieres recurrir las multas del Ayuntamiento de Sevilla con garantías y seguridad jurídica, lo mejor es que cuentes con el apoyo y el asesoramiento de un equipo profesional especializado en derecho administrativo.
En Aselegal somos expertos en recurrir todo tipo de multas municipales, tanto en vía administrativa como judicial. Te ofrecemos un servicio personalizado y eficaz para defender tus derechos e intereses frente al Ayuntamiento.
Contacta con nosotros y te ayudaremos a resolver todas tus dudas sobre cómo recurrir las multas del Ayuntamiento de Sevilla. Te ofrecemos una primera consulta gratuita y sin compromiso.
Preguntas frecuentes sobre el recurrir el pago de multas al Ayuntamiento de Sevilla
¿Cuánto tiempo tengo para pagar una multa del Ayuntamiento de Sevilla?
Tienes 20 días naturales desde la notificación para pagar con reducción del 50%. Si presentas alegaciones, el plazo pasa a ser de 15 días desde la resolución.
¿Puedo presentar alegaciones online?
Sí. El Ayuntamiento de Sevilla permite presentar escritos de alegaciones por vía telemática a través de su sede electrónica, usando certificado digital o Cl@ve.
¿Puedo recurrir una multa de tráfico si ya la pagué con descuento?
No. El pago con reducción implica que renuncias a recurrir, salvo en casos donde esté en juego la pérdida del permiso de conducir.
¿Qué pasa si no pago ni recurro la multa?
La administración puede iniciar un procedimiento de apremio con recargo del 20% y embargar cuentas u otros bienes si no regularizas la situación.
¿Quién puede ayudarme a recurrir una multa en Sevilla?
Un abogado especializado en derecho administrativo. En Aselegal ofrecemos asesoría para este tipo de casos, tanto a nivel administrativo como judicial.

