Límites para poder continuar aplicando los módulos en 2016

Límites para poder continuar aplicando los módulos en 2016

Exclusión del método de estimación objetiva (módulos): respecto a la tercera norma de aplicación del método de estimación objetiva, según volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato anterior:

– Desaparece el límite conjunto aplicable a todas las actividades económicas de 450.000 euros. Se fija uno más pequeño de 150.000 euros, y a la vez que se saca del mismo a las actividades agrícolas, ganaderas y forestales. Para este cómputo se deben tener en cuenta todas las operaciones, exista o no obligación de expedir factura por ellas. Si el contribuyente factura a empresarios y profesionales obligados a expedir factura, el límite que no se puede superar será de 75.000 euros anuales.

– Las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, tienen un límite separado del anterior, fijado en 250.000 euros anuales.

Adicionalmente:

– Se incorpora a la Ley el límite reglamentario por volumen de las compras en bienes y servicios, aunque se modifica el importe pasando a 150.000 euros anuales.

– También se incorpora el límite reglamentario para exclusión del método de aquellas actividades económicas desarrolladas, total o parcialmente, fuera del ámbito de aplicación del Impuesto.

RESUMEN

Para el Ejercicio 2015.-

Los límites para el 2015, continúan siendo los mismos que en años anteriores (MODULOS REGLA GENERAL 450.000 euros).

Para el grupo 7, (transportes por carretera, mudanzas, etc.), 300.000 euros

Construcción, reparaciones etc., continúa con los mismos límites que en 2014, pero estas actividades no podrán acogerse a módulos en 2016.

Para el Ejercicio 2016.-

Todos los empresarios que estando en Estimación Objetiva (Módulos), en el 2015, hayan emitido facturas a otras Empresas o Profesionales por valor de 75.000 euros, quedarán excluidos del módulo para el ejercicio 2016.

Para aquellos que no emitan facturas a otros profesionales o empresarios, el límite sería 150.000 euros.

Igualmente quedarán excluidos del Modulo para el 2016, todos aquellos empresarios que en el ejercicio 2015, hayan recibido facturas por importe superior a 150.000 euros.

Para cualquier duda pónganse en contacto con el departamento fiscal.