[vc_row][vc_column][vc_column_text]
El nuevo año está en marcha y los primeros días de enero siempre vuelan. Para Autónomos Emprendedores no hay descanso. Y 2019 todavía no está enterrado, ya que Hacienda nos espera para atormentarnos con sus obligaciones y resúmenes…
Entre ENERO y FEBRERO tendrás que cerrar el año 2019; IVA, IRPF, hacer resúmenes y demás. Si quieres tener el calendario claro y no dormirte en los laureles puedas seguirnos en este sitio web, Facebook Twitter o Instagram, o apuntarte a las noticias Aselegal, donde tendrás información actualizada.
Si tienes preguntas o cuestiones al respecto, no dudes en consultarnos.
Si te haces un lío, no te preocupes, es un lío…
En todo caso, si tu tiempo es ORO, quieres dejarte de papeles, no verle la cara a Hacienda, e ir directamente a tu negocio que es lo que te da de comer, pues nos envías un mensaje y nos ponemos a tu disposición. Tenemos un servicio a tu medida.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row][vc_row][vc_column][vc_column_text]
Hasta el día 20 de enero
Límite para presentar los modelos 111 y 115. Con el modelo 111 tanto autónomos como empresas, tendremos que declarar e ingresar las retenciones de IRPF practicadas a trabajadores, profesionales y empresarios, durante el último trimestre de 2019.
Por otro lado, Con el modelo 115, autónomos y empresas declararán a Hacienda las retenciones del IRPF sobre alquileres urbanos. Igualmente para el último trimestre de 2019. Hablamos de alquiler de locales comerciales u oficinas, adscritos a la actividad.
El 368 que es la declaración de IVA del T4 de 2019 por productos y servicios digitales a países de la UE, también si una parte de tus clientes están en Europa.
Hasta el día 30 enero
Último día para liquidar los pagos fraccionados de IRPF del cuarto trimestre de 2019. El 130 para estimación Directa o el 131 para autónomos en Módulos. Si es a pagar, tienes hasta el día 15 para domiciliarlo.
También último día para la autoliquidación del IVA, modelo 303, del cuarto trimestre de 2019. Si es a pagar, también tienes hasta el día 15 para presentar el 303 cómodamente domiciliado. Para quienes no tienen obligación de hacer liquidaciones trimestrales de IVA, se realiza en determinados casos a través del modelo 309.
También el 30 es la fecha tope para el modelo 349, para autónomos que se dediquen a exportación. Este resumen comprende el conjunto de sus operaciones intracomunitarias en 2019.
También es la fecha límite para completar el modelo 390, con el que se hace la declaración resumen del IVA de todo el año anterior.
Hasta el día 31 de enero
Fecha límite para presentar el modelo 180, con el que pymes y autónomos han de declarar las retenciones de alquiler de oficinas o locales de todo el año 2019. Es el resumen anual que corresponde al las retenciones trimestrales realizadas a través de 115.
Límite también para presentar el modelo 190, resumen anual de retenciones IRPF practicadas a empresarios o profesionales autónomos mediante factura. También retenciones en nóminas de tus trabajadores. Es el recopilatorio de 111 de 2019.
También antes del último día de enero Las entidades en régimen de atribución de rentas, tendrán que presentar la declaración informativa anual a través del modelo 184. Para sociedades no sujetas a IRPF ni a Impuesto sobre Sociedades: sociedades civiles, comunidades de bienes o herencias yacentes, así como las entidades sin personalidad jurídica que constituyan una unidad económica o patrimonio separado.
Por último, si te dedicas al alquiler turístico como intermediario, tendrás que presentar el Modelo 179.
Febrero
Y las obligaciones del trimestre terminan el día 28 febrero. Último día para autónomos en estimación directa y pymes, para presentar el modelo 347 de operaciones con terceros, mediante el que reportaremos a Hacienda las operaciones realizadas con clientes y proveedores que en su conjunto (la suma de todas las facturas) superen los 3.005,06€
Están exentos quienes realicen su actividad sin domicilio fiscal ni sede en España. También están exentas las operaciones con clientes intracomunitarios, y autónomos que tributen por módulos, Estimación Objetiva.
Marzo es todo tuyo. No verás a Hacienda hasta Abril…
- Si tienes preguntas o cuestiones al respecto, no dudes en consultarnos.
- Si a esta altura te has hecho un lío, no te preocupes, ¡es un lío!
- Si no te has hecho un lío pero quieres olvidarte de trámites, liquidaciones y plazos e ir directamente a tu negocio que es lo que te da de comer…
Contacta con nosotros, tenemos un servicio a medida para tu actividad:
- Teléfono: +34 954 53 64 34
- Email: info@aselegal.com
[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]